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Deducción en el IRPF de los donativos
Al encontrarse la Hermandad acogida al Régimen Fiscal de la Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, Ley 49/2002, de 23 de diciembre, los hermanos y los devotos que abonen su donativo para los fines propios de la Hermandad y además den su consentimiento expreso de la forma indicada, podrán deducirse los donativos en la próxima declaración de la renta correspondiente al año 2018 (a declarar en 2019).
Al encontrarse la Hermandad acogida a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, es necesario la AUTORIZACION EXPRESA de cada hermano para poder practicar esa deducción en la próxima declaración de la Renta.
Suspensión de la Misa del próximo domingo a las 13:00h
El próximo domingo, 9 de diciembre, no se celebrará la Eucaristía de las 13:00h, con motivo del Triduo en honor a María Santísima de Guadalupe que dará comienzo a las 20:10 horas y se prolongará hasta el día 12, festividad de Guadalupe, en la que celebraremos Función Solemne en honor de nuestra Titular Mariana.